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El Impuesto al Valor Agregado (IVA) que rige hoy en Honduras es fuente de una persistente controversia en ese país centroamericano, con réplicas en organismos y sectores económicos internacionales.

Según el gobierno hondureño, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) advirtió si la ley de reforma tributaria que está demorada en el Congreso no se sanciona antes de junio de 2024, su país podría ser calificado “guarida fiscal”.

La iniciativa se encuentra obstaculizada en su sanción por la fuerte oposición del Partido Nacional y Liberal y de influyentes sectores privados, que argumentan que ahuyentará inversiones extranjeras, causará desempleo, fuga de capitales y baja de competitividad agropecuaria.

Los detractores del actual IVA afirman que la lista de exenciones del tributo privilegia a determinados sectores, en detrimento de una equilibrada y transparente recaudación fiscal.

En Centroamérica, Honduras -al igual que Nicaragua- tiene el porcentaje más alto del IVA, con un 15% sobre bienes y servicios. Supera el promedio de toda América latina, aunque se empareja con la media mundial.

En cambio, el IVA en Panamá tiene el más bajo porcentaje: 7%. Le sigue Guatemala, con el 12%; Belice, 12.5%, y Costa Rica y El Salvador, 13%.

En el contexto del fuerte debate que causa el actual IVA hondureño, el Poder Ejecutivo urgió al Congreso, a fines del año último, a aprobar su proyecto de Ley de Justicia Tributaria, que fue remitido al Parlamento por el gobierno de la presidente Xiomara Castro en abril último.

El IVA rige en Honduras desde 1993, cuando se realizó una reforma tributaria que sustituyó al Impuesto sobre Ventas y Servicios (IVS) en vigor desde 1964.

El IVS también gravaba el consumo en general, pero sus limitaciones en la cadena de valor de bienes y servicios y su precariedad, que generaba alta evasión, provocaron su reemplazo por el IVA.

La aplicación del IVA en Honduras se regula mediante la vieja Ley del Impuesto sobre Ventas y Servicios, que fija los alcances del gravamen sobre sujetos obligados, determina las tasas devengadas, y puntualiza las exenciones, que provocan controversia por su incidencia en el desequilibrio en la recaudación, y su impacto negativo en la competitividad de empresas pequeñas y medianas y en la equidad fiscal con el contribuyente.

La cuestionada lista de exoneraciones incluye principalmente:

* productos farmacéuticos,
* la canasta básica alimentaria,
* equipamiento para generación de electricidad,
* servicios de energía, agua corriente y desagües,
* servicios de construcción,
* honorarios profesionales,
* transporte terrestre,
* servicios bancarios y financieros.

Actualmente, en Honduras se aplican tres tasas de IVA: 15%, 18% y 20%. La tasa del 15% se aplica a la mayoría de los bienes y servicios, mientras que las tasas del 18% y 20% gravan productos específicos, como bebidas alcohólicas y cigarrillos.

Además, existe un tipo de IVA reducido al 12%, que se calcula sobre productos agropecuarios tales como maíz, frijoles, arroz, leche, huevos, café y otros.

La tasa del 15% rige desde 2014. Hasta ese año era del 12.5%. Esa alícuota es la mayor fuente de ingresos impositivos hondureños, ya que su recaudación representó -por ejemplo, en 2021-, según datos de la Secretaría de Hacienda, el 34% del total devengado, con un aporte al fisco de más de 36 millones de lempiras y una participación del 40%.

De acuerdo con lo expresado a los periodistas en noviembre último por el director del Servicio de Administración de Rentas (SAR), Marlon Ochoa, “Honduras se encuentra a la cola a nivel mundial en materia de transparencia tributaria”.

Ochoa urgió "a los diputados que aún se oponen a la aprobación de la Ley de Justicia Tributaria a recapacitar”. Según refirió, la OCDE advirtió que, sin esa reforma, Honduras podría ser declarado “guarida fiscal”.

De acuerdo con el discurso oficial, en los 41 artículos de la ley se procura corregir los privilegios fiscales y fijar un régimen impositivo justo y transparente.

La ley apunta a eliminar las cuestionadas exoneraciones fiscales vigentes y crea dos nuevos regímenes dirigidos a fomentar la industria nacional y alentar la inversión extranjera.

Además, propone eliminar beneficios fiscales como las Zonas Libres (Zoli) y el Régimen de Importación Temporal (RIT), entre otros.

Según el proyecto, se creará un encuadre normativo e institucional que deberá controlar posibles abusos de empresas exentas del tributo.

En 2023, en todo el mundo, eran 174 países y territorios los que incorporaron el IVA a sus regímenes impositivos. La nómina agrega a 37 de los 38 miembros de la OCDE.

El IVA recauda el 20% de los ingresos tributarios totales en el mundo.

La creación, en 1954, por primera vez en el mundo, de este polémico impuesto se debe al ex ministro de Finanzas de Francia, Maurice Lauré, quien en busca de un aumento en la recaudación fiscal de su país estableció el “Taxe sur la Valeur Ajoutée (TVA)”.



Tasas de iva por país

País General Reducido Aumentado Ver también
España 21 % 10 % / 4 %   Agenciatributaria.es
México 16 %     Sat.gob.mx
Argentina 21 % 10.5 % / 2.5 % 27 % Afip.gob.ar
Colombia 19 % 5 %   Dian.gov.co
Chile 19 %     Minrel.gob.cl
Perú 18 %     Sunat.gob.pe
Venezuela 16 % 8 %   Snc.gob.ve
Ecuador 15 %     Sri.gob.ec
Paraguay 10 % 5 %   Set.gov.py
Uruguay 22 % 10 %   Dgi.gub.uy
Honduras 15 % 12 % 18% / 20% Sar.gob.hn